Esta teniendo bastante expectación en los últimos meses la Inteligencia Artificial (IA) a raíz de la aplicación ChatGPT que ha supuesto el acceso para muchos a esta tecnología, pero sin falta de polémica, ante el miedo de que una vez por todas se generalice el uso de la inteligencia artificial sin haber resuelto todavía ciertos problemas ético o legales. Como las dudas de si esta nueva era de la IA va a suponer la perdida miles de puestos de trabajo, la vulneración de derechos de ciertos colectivos por su no accesibilidad a ella, la simulación de personas con fines no legales o la simple atribución de la propiedad intelectual de las obras escritas, musicales o gráficas realizadas por la IA, entre otras cuestiones.
Los algoritmos de la inteligencia artificial requieren de datos para su aprendizaje y funcionamiento. Que pueden proceder del propio usuario de la IA que, al necesitar el automatismo de algún proceso, nutre con su propia información a la inteligencia artificial, pero en otras ocasiones estos datos pueden proceden de fuentes externas.
El año que viene entra en vigor la normativa que exige a la administración pública a facilitar el acceso a los datos de alto valor, donde diferente información relativa a meteorología, medio ambiente, posesiones, movilidad o estadística debe ponerse de forma gratuita a disposición de los ciudadanos. Pudiendo entonces utilizarse este tipo de información para los algoritmos de las redes neuronales en la inteligencia artificial. Pero estos datos pueden también proceder de los miles de dispositivos utilizados por los usuarios, de las propias comunicaciones o de cualquier otra información que se almacene y posteriormente pueda prepararse para alimentar a la inteligencia artificial.
En ocasiones, el problema del uso de la información surge cuando está protegida o está sometida a ciertas condiciones para poder ser utilizada. Como en el caso de las obras libros, pinturas, videos o cualquier otro contenido protegido por derechos de propiedad intelectual. Dado que su utilización en la IA no tiene porque suponer que estos derechos no están vigentes o que no se debe recabar la autorización de los titulares de estos derechos para utilizar estas obras.
Otro de los problemas de la utilización de información en la IA es cuando ésta contiene datos personales. Dado que entonces, el uso de estos datos no estará exento del cumplimiento de la normativa de protección de datos. Así, por ejemplo, si se utiliza la IA para analizar miles de curriculums en un proceso de selección, con el que determinar que candidatos pueden ser los adecuados de acuerdo con unos parámetros fijados previamente. El hecho de utilizar estos curriculums con datos personales requiere la autorización de estas personas que facilitan su curriculum, salvo que sea necesario en virtud de un contrato o una ley. Explicando previamente a los candidatos que será la IA la que determinará su selección. También deberá garantizarse la seguridad de estos datos personales, aunque puede resultar a veces difícil, si se desconoce como operan los algoritmos en las cajas negras de la inteligencia artificial; en incluso, al utilizar esta novedosa tecnología, que estos tratamientos requieran la realización de un evaluación por el impacto en los derechos y libertades de estas personas.
Por otro lado, no se puede garantizar al cien por cien que estos datos personales con los que se ha nutrido a la IA para un fin concreto, no vuelvan a utilizarse posteriormente por la inteligencia artificial para otros usos. Surgiendo entonces el problema del manejo de los datos para unos fines distintos para el que inicialmente se recabaron. Aparte del problema derivado del uso posterior de los datos, en cuanto al tiempo de conservación de los mismos, dado que entonces no se podrá cumplir con el principio de limitación en la conservación de los datos, cuando la IA vuelve a utilizar estos una y mas veces sin límite de tiempo y sin control por parte de los usuarios.
También, gracias al potencial de la IA, se podrá generar otra información de carácter personal a partir de los datos inicialmente utilizados, como cuando se elaboran perfiles relativos a la personalidad, rendimiento profesional, situación económica, salud, preferencias, comportamiento, ubicación, etc. Surgiendo el problema, no tanto en que se generen estos datos de forma automatizada por la IA, sino que lo lleve a cabo y los utilice sin que se sepa que lo esta realizando, dado el oscurantismo que puede rodear al funcionamiento de las cajas negras de la inteligencia artificial. Incumpliendo con ello la normativa de protección de datos al no informar y legitimar esta operación en el tratamiento de los datos personales.
Incluso puede darse el caso que la información que se utilice en el entrenamiento o funcionamiento de la inteligencia artificial no incluya datos personales, no teniendo por ello que cumplir con ninguna normativa de protección de datos. Pero que, tras la utilización de esta tecnología, si se pueda identificar a personas físicas a partir de la información inicial, lo que supondrá la necesidad de cumplir con las normas que regulan el tratamiento de los datos personales.
Ante este riesgo del desconocimiento de lo que hace la IA en la caja negra con la información que procesa, se esta llegando incluso a la creación de IA cuyo cometido es el de conocer que es lo que hacen las redes neurales de la inteligencia artificial. Lo que nos lleva a un escenario en donde la propia IA será la que se encargue de supervisar y controlar a otra IA.
En cuanto a los resultados obtenidos con la IA, estos tampoco están a veces exentos de polémica. Dado que, si el resultado es la creación de libros, escritos, dibujos, esculturas, música, etc. A día de hoy no está previsto que sea la IA a quien se le atribuya la autoría de estas obras o incluso de que sean una creación y no una simple copia de obras ya existentes. Dado que, si se considera a la IA como autor de estos textos, dibujos o composiciones musicales, deberá determinarse quién obtiene los beneficios económicos de la explotación de estas obras o quién será el responsable si esa obra es denunciada por plagio.
Hay multitud de cuestiones sobre el funcionamiento y los resultados de la IA que todavía las leyes no han resuelto, pero, sin embargo, cada vez esta más presente en nuestras vidas el uso de la inteligencia artificial. Y si en el caso de Europa las normas que regularán esta tecnología establecerán que esta permitido hacer o no con ella, así como las condiciones que deben cumplir tanto los que la desarrollen o la usen. El hecho de que en otros países estas leyes sobre el uso de la IA no estén coordinadas con las europeas, supondrá un riesgo para los derechos y las libertades de las personas, dada posibilidad de su desarrollo o uso en cualquier parte, pero con transcendencia para cualquier individuo.
Gonzalo M.Flechoso
Abogado / Auditor CISA